Respuestas
Respuesta dada por:
1
Respuesta:
es lo mas que pude hacer(no creo que te haga de mucha ayuda)... sorry
Explicación:
Las anotaciones preventivas, cualquiera que sea su origen, caducarán a los 4 años de la fecha de la anotación misma, salvo aquellas que tengan señalado en la ley un plazo más breve. ... La caducidad de las anotaciones preventivas se hará constar en el registro a instancia del dueño del inmueble o derecho real afectado.
Preguntas similares
hace 5 años
hace 5 años
hace 8 años
hace 8 años
hace 8 años
hace 9 años
hace 9 años