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Respuesta:El denominado Congreso “de los Pueblos Libres” también conocido como Congreso “de Oriente”, reunido a partir del 29 de junio de 1815 en la ciudad de Concepción del Uruguay, provincia de Entre Ríos, constituyó un acontecimiento de gran importancia histórica, debiendo ser considerado como la Primera Declaración de Independencia del Río de la Plata.
Reivindicar el congreso entrerriano convocado por el caudillo oriental José Gervasio Artigas no supone devaluar el del 9 de julio en Tucumán, ya que a ojos vistas son complementarios. El tucumano reunió a las provincias andinas, las cuyanas, las del nororeste y las altoperuanas, a las que se sumó Buenos Aires luego del fracaso de su intención de organizarlo en su territorio. En cambio el de Concepción del Uruguay convocó a las provincias litorales: la Banda Oriental, las misiones, Corrientes, Entre Ríos y Santa Fe, a las que se agregó una parte de Córdoba.
Es evidente la pareja representatividad de ambos. Los reunidos en el Congreso “de los Pueblos Libres” eran federalistas, razón por la cual quienes escribieron nuestra historia, los vencedores de las guerras civiles del siglo XIX, los unitarios rebautizados liberales, decidieron no reivindicarlo. La misma estrategia de condenar al ostracismo histórico al “Protector de los Pueblos Libres” Artigas, un prócer de dimensión rioplatense y latinoamericana, suponiéndolo solo relevante dentro de los límites de la memoria uruguaya.
Objeciones. Los que se oponen a reconocer esta declaración independentista argumentan que no hay actas que den pruebas del mismo.
Es de tener en cuenta que eran tiempos de guerra y de comunicaciones por chasques, propensos a la pérdida o destrucción. Así sucedió con las actas originales del Congreso de Tucumán, que fueron portadas hacia Buenos Aires por el ayudante mayor del Regimiento 8, Cayetano Grimau, quien fue asaltado en el camino y despojado de su encomienda, que nunca fue encontrada. Pudieron ser reconstruidas por una providencial copia en manos del secretario, José María Serrano. Además, en Concepción del Uruguay los participantes tenían una identidad más popular, gauchesca y originaria, poco propensos a los actos formales, con la concurrencia de muy escasos hombres de leyes.
Otro argumento cuestionador es que en la correspondencia de Artigas de esos días no hay referencia a la declaración independentista. El motivo de ello es que la acuciante preocupación del caudillo en aquellos días era lograr un acuerdo con Buenos Aires para fortalecerse ante la inminente invasión del imperio portugués desde Brasil. De allí que sus menciones se refirieran a la constitución de una delegación que saliera del Congreso para una mediación condenada al fracaso pues el deseo de los políticos porteños era la destrucción de Artigas
Por otra parte el oriental y sus seguidores no necesitaban declarar la independencia pues ésa había sido la intención de la insurrección de mayo de 1810, como lo evidenciaron las Instrucciones para la Asamblea del Año XIII, en las que, ya en su encabezamiento, antes del articulado, se leía: “Primeramente pedirá la declaración de la independencia absoluta de estas colonias, que ellas están absueltas de toda obligación de fidelidad a la corona de España y familia de los Borbones, y que toda conexión política entre ellas y el Estado de España deber ser totalmente disuelta”.
Esta posición se afirmó en la memorable oración inaugural al Congreso “de Tres Cruces”, celebrado tres años antes del de Concepción del Uruguay. Allí, el caudillo oriental expresó: “La soberanía particular de los pueblos será precisamente declarada y ostentada, como objeto único de nuestra revolución; la unidad federal de todos los pueblos e independencia no sólo de España sino de todo poder extranjero”.
Si bien, como queda escrito, Artigas y la Banda Oriental no debían declarar lo que ya habían declarado, el Congreso de los Pueblos Libres fue la oportunidad para que lo hicieran las otras provincias federalistas, litorales.
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