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Respuesta: Los organismos públicos protectores de los derechos humanos están facultados para orientar, asesorar jurídicamente o canalizar al usuario con la autoridad competente para que dentro de sus funciones y atribuciones legales conozca el asunto y resuelva lo conducente, recibir quejas o iniciar de oficio investigaciones por actos u omisiones de naturaleza administrativa que presuntamente constituyan violaciones a tales derechos.
Así mismo tenemos la libertad de expresión, la cual nos ayuda a expresar nuestro descontento a la hora de que se violan nuestros derechos como ciudadanos.
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