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Las necesidades humanas fundamentales son finitas, pocas y clasificables. ... Las necesidades humanas básicas referidas, deben constituirse en derechos inalienables del ser humano, ya que su posesión y práctica hacen a la dignidad del individuo y las comunidades.
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El artículo se centra en un debate no concluido en los estudios sobre el derecho
y la justicia: la cuestión de las necesidades como fundamento de los derechos, reales en un mundo real. Considero que cuestionarnos sobre las necesidades como razones o no para fundamentar derechos en el actual contexto socioeconómico en que vivimos nos obliga a valorar la pobreza y las desigualdades económicas que provocan privación de capacidades humanas básicas y, por ende, a tener en cuenta justicia realistas. Para la discusión, haré un recorrido sobre las teorías clásicas y contemporáneas de las necesidades que me permita analizar más certeramente la vinculación entre necesidades y derechos y concluir que establecida la existencia de una necesidad existe una buena razón para satisfacerla, y aunque esto no implica establecer directamente la existencia de un derecho, es un buen fundamento para ello.
Y para mi estas son las palabras clave: necesidades básicas, derechos, pobreza, teorías clásicas, teorías contemporáneas.
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