relación entre Derechos Humanos, normas institucionales y constitución

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Respuesta dada por: madesitaquinatoa
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La definición dogmática y aplicación práctica del hoy llamado control de convenciónalidad exige una previa determinación de la relación entre el ámbito normativo internacional y el nacional sobre Derechos humanos. La corrección de esta determinación depende de criterios materiales que hunden sus raíces en la Persona, antes que en criterios formales de jerarquización de niveles normativos. Así lo demanda un Estado Constitucional de derecho re-materializado que encuentra su legitimidad en la justicia de las decisiones que se adopten en su seno. Esta justificación material obliga a que las disposiciones convencionales constitucionalizadas y las disposiciones originariamente constitucionales, sean interpretadas según las exigencias de una convivencia normativa armoniosa. Obliga, también, a que en los casos en los que no sea posible una tal interpretación armonizadora y se concluyan situaciones de contradicción normativas, la solución iusfundamental venga construida según la categoría jurídica de "normas constitucionales inconstitucionales". Esta doble obligación define la relación entre ambos niveles normativos sobre Derechos humanos.

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