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Respuesta:
Formalmente, el Perú sería un Estado laico. A nivel constitucional, el segundo párrafo del artículo 50° señala que el Estado “respeta otras confesiones y puede establecer formas de colaboración con ellas.” De igual forma, la Ley de Libertad Religiosa (Ley N° 29635, promulgada el 21 de diciembre de 2010), precisa en el segundo párrafo de su artículo 2°: “El Estado reconoce la diversidad de las entidades religiosas. En igualdad de condiciones, gozan de los mismos derechos, obligaciones y beneficios”.
Sin embargo, se observa que no hay coherencia en nuestra normatividad puesto que, por un lado, se proclama el respeto de la libertad y la igualdad religiosa y, por el otro, se reafirma el compromiso del Estado con la Iglesia católica. Precisamente, el primer párrafo del artículo 50 de la Constitución indica que “(…) el Estado reconoce a la Iglesia Católica como elemento importante en la formación histórica, cultural y moral del Perú, y le presta su colaboración.” Asimismo, en el preámbulo constitucional se invoca al “Dios Todopoderoso”.
No podemos dejar de mencionar el Concordato firmado con la Santa Sede (Decreto Ley N° 23211, suscrito el 19 de julio de 1980), en el que el Estado peruano le otorga una serie de beneficios a la Iglesia católica, como: a) El sistema de subvenciones para las personas, obras y servicios de la Iglesia que continuará como hasta el momento de su suscripción. Las asignaciones personales no tienen carácter de sueldo ni de honorarios, y no están sujetos al pago de tributos (artículo 8); b) La Iglesia católica seguirá gozando de exoneraciones y beneficios tributarios (artículo 10); c) Se continuará impartiendo en los centros educativos públicos, como materia ordinaria, el curso de religión católica, y el obispo respectivo aprobará el nombramiento de los profesores de dicha asignación (artículo 19).
¿Por qué es importante para los y las ciudadanas que el Perú sea un Estado laico?
El nivel de laicidad de un Estado se evidencia en sus decisiones y políticas aprobadas, las que sí afectan la vida cotidiana de las personas. En el Perú se comprueban pocos avances en garantizar los derechos sexuales y derechos reproductivos, puesto que los dogmas religiosos influyen en las políticas de Estado referidas a estos temas. La jerarquía católica y grupos fundamentalistas laicos influyen en muchos/as decisores/as políticos/as para que las personas, especialmente las mujeres, no puedan ejercer sus derechos sexuales y derechos reproductivos.
Ejemplos importantes son la decisión del Tribunal Constitucional, en el año 2009, para prohibir la distribución de la AOE (Anticoncepción Oral de Emergencia) en establecimientos públicos de salud, atentando contra el derecho a la salud de las mujeres, ya que genera que las mujeres de escasos recursos económicos no puedan acceder a este anticonceptivo, afronten un embarazo no deseado y, probablemente, un aborto clandestino. En el caso de una violación sexual, los servicios públicos de salud tampoco pueden otorgar este anticonceptivo de emergencia a la mujer agredida.
Otro ejemplo de interferencia de credos religiosos en las decisiones gubernamentales es la falta de aprobación del protocolo de aborto terapéutico, permitido legalmente a partir de la promulgación del Código Penal de 1924. Con ello, las mujeres tienen que arriesgar sus propias vidas al realizarse estas prácticas de manera clandestina e insalubre y se ven vulnerados sus derechos a la salud y a decidir libremente.
Un ejemplo adicional es la inexistente pero urgente implementación de los Lineamientos Educativos y Orientaciones Pedagógicas para la Educación Sexual Integral elaborados por el Ministerio de Educación. Así, el derecho a la educación e información es vulnerado por el mismo Estado.
Además, la laicidad plantea que la educación pública no debería favorecer a ninguna religión, por lo tanto, no debería ser obligatoria la enseñanza de la religión católica. En nuestro país, los y las escolares pueden exonerarse de este curso pero eso implicaría que su promedio sea el mínimo aprobatorio (11), por lo que prefieren llevar el curso para evitar una disminución considerable en su promedio de notas.
El otorgamiento de asignaciones presupuestales y la atribución de exoneraciones de impuestos a la Iglesia católica generan una importante reducción en el presupuesto destinado a sectores con demandas urgentes como educación (remuneraciones y capacitaciones a docentes, construcción de escuelas, etc.) y salud (construcción y equipamiento de establecimientos de salud, acceso a medicamentos, ampliación del seguro integral, etc.).
En la investigación Sexualidad, Religión y Estado: percepciones de católicos y católicas, publicado por Católicas por el Derecho a Decidir – Perú en el 2011, el 66.7% de personas católicas entrevistadas en Lima consideran que la Iglesia no debe influir en políticas estatales, evidenciando que la mayoría de esta población demanda un Estado laico.
Explicación:
Respuesta:
Perú no existe
Explicación:
Perú sería un Estado laico. A nivel constitucional, el segundo párrafo del artículo 50° señala que el Estado “respeta otras confesiones y puede establecer formas de colaboración con ellas.” De igual forma, la Ley de Libertad Religiosa (Ley N° 29635, promulgada el 21 de diciembre de 2010), precisa en el segundo párrafo de su artículo 2°: “El Estado reconoce la diversidad de las entidades religiosas. En igualdad de condiciones, gozan de los mismos derechos, obligaciones y beneficios”.