Respuestas
Respuesta:
Autonomías: Esla condición, el estado o la capacidad de autogobierno o de cierto grado de independencia.
Definicion: Modo genérico como la capacidad de tomar decisiones y actuar en cuestiones relativas a uno mismo
Respuesta:
Autonomía, en términos generales, es la condición, el estado o la capacidad de autogobierno o de cierto grado de independencia. Algunos sinónimos de autonomía serían soberanía, autogobierno, independencia, emancipación y potestad. Mientras que antónimos son dependencia y subordinación.
Así, la autonomía de una persona es la capacidad o condición de desarrollar tareas de una manera independiente. Por ejemplo: “En mi nuevo trabajo ya me han dado cierta autonomía”.
Referido a municipios, regiones u organizaciones, la autonomía es la potestad o el poder de establecer sus propias normativas y órganos de gobierno dentro de la autoridad de un Estado. De allí que, en algunos países como España, el territorio se divida en comunidades autónomas.
La autonomía de un vehículo, por otro lado, es el recorrido máximo que es capaz de efectuar sin necesidad de repostar. Por ejemplo: “Este coche tiene una autonomía de 600 kilómetros”.
También se suele aplicar a diferentes dispositivos que tienen batería o un mecanismo de acumulación de energía. Por ejemplo: “Este ordenador tiene hasta cinco horas de autonomía”.
La palabra autonomía procede del latín autonomĭa, y esta a su vez del griego αὐτονομία (autonomía), formada por αὐτός (autós), que significa ‘mismo’, y νόμος (nómos), ‘ley’ o ‘norma’.
Autonomía personal
La autonomía personal es un concepto propio de disciplinas como la Filosofía, la Pedagogía y la Psicología. Se puede definir de un modo genérico como la capacidad de tomar decisiones y actuar en cuestiones relativas a uno mismo. La autonomía personal se trabaja en distintos ámbitos, como la educación infantil y la educación para personas con discapacidades.
Autonomía moral
Autonomía moral es la capacidad del ser humano de valorar aspectos de carácter moral por sí mismo, como, por ejemplo, distinguir lo que está bien de lo que está mal, o lo que es justo de lo injusto. Se considera que las personas son capaces de juzgar un modo de actuación o una realidad sin tener en cuenta factores externos que puedan influir en esa valoración. Sin embargo, a nivel real, la autonomía moral de las personas se ve fuertemente influenciada por el entorno social. Se considera que la autonomía moral es producto del desarrollo humano y personal, y otorga a las personas una capacidad de decisión consecuente con sus valores morales y su percepción crítica del mundo.
Autonomía y heteronomía
La heteronomía es un concepto filosófico que define la condición de la voluntad que se rige por imperativos que no son propios, sino que proceden de agentes externos. En este sentido, es un concepto opuesto a la idea de autonomía. Es importante no confundir este concepto con la heteronimia, que es un término lingüístico que identifica la relación entre dos palabras de orígenes etimológicos distintos, por ejemplo, caballo y yegua.
Vea también Heteronomía.
Autonomía universitaria
La autonomía universitaria es uno de los principios por los que se rigen muchas universidades. Expresa que los aspectos organizativos y de gestión se llevan a cabo de manera independiente de otros organismos y entidades, por ejemplo, el poder político.
Ver también Universidad.
Autonomía e independencia
Autonomía no es lo mismo que independencia. La independencia es la condición de independiente, es decir, la libertad de actuar, obrar y decidir sin estar sujeto al mandato de nadie. La independencia es un término que se usa en la política para referirse a los Estados que se emanciparon de la dominación de otro Estado.
Autonomía, en cambio, se refiere a cierta potestad o nivel de independencia que una persona u organismo tiene para actuar, hacer o decidir, dentro de ciertos términos. Así, una provincia, un municipio, un distrito, una universidad o un departamento pueden gozar de cierta autonomía siempre y cuando se mantengan dentro de los límites de las normas o las leyes que rigen la entidad superior de la cual son tributarios.
Explicación:
ESPERO K SIRVA :D