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1. Del hecho que se le atribuye y motivó su captura y el funcionario que la ordenó.
2. Del derecho a indicar la persona a quien se deba comunicar su aprehensión.
3. Del derecho que tiene a guardar silencio, que las manifestaciones que haga podrán ser usadas en su contra.
4. Del derecho que tiene a designar y a entrevistarse con un abogado de confianza en el menor tiempo posible. De no poder hacerlo, el sistema nacional de defensoría pública proveerá su defensa.
angiielizethrojas:
gracias.. pero es que necesito explicado cada uno de ellos
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