cual es la importancia que exista la Ley penal juvenil Costa Rica​

Respuestas

Respuesta dada por: miniraper
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Respuesta:ARTÍCULO 1.- Ámbito de aplicación según los sujetos

Serán sujetos de esta ley todas las personas que tengan una edad comprendida entre los

doce años y menos de dieciocho años al momento de la comisión de un hecho tipificado como

delito o contravención en el Código Penal o leyes especiales.

ARTÍCULO 2.- Aplicación de esta ley al mayor de edad

Se aplicará esta ley a todos los menores de edad que, en el transcurso del proceso,

cumplan con la mayoridad penal. Igualmente se aplicará cuando los menores de edad sean

acusados después de haber cumplido la mayoridad penal, siempre y cuando el hecho haya

ocurrido dentro de las edades comprendidas para aplicarles esta ley.

ARTÍCULO 3.- Ámbito de aplicación en el espacio

Esta ley se aplicará a quienes cometan un hecho punible en el territorio de la República o

en el extranjero, según las reglas de territorialidad y extraterritorialidad establecidas en el Código

Penal.

ARTÍCULO 4.- Grupos etarios

Para su aplicación, esta ley diferenciará en cuanto al proceso, las sanciones y su

ejecución entre dos grupos: a partir de los doce años de edad y hasta los quince años de edad, y

a partir de los quince años de edad y hasta tanto no se hayan cumplido los dieciocho años de

edad.

ARTÍCULO 5.- Presunción de minoridad

En los casos en que por ningún medio pueda comprobarse la edad de una persona,

presumiblemente menor de dieciocho años, esta será considerada como tal y quedará sujeta a las

disposiciones de la presente ley.

ARTÍCULO 6.- Menor de doce años

Los actos cometidos por un menor de doce años de edad, que constituyan delito o

contravención, no serán objeto de esta ley; la responsabilidad civil quedará a salvo y se ejercerá

ante los tribunales jurisdiccionales competentes. Sin embargo, los juzgados penales juveniles

referirán el caso al Patronato Nacional de la Infancia, con el fin de que se le brinde la atención y el

seguimiento necesarios.

Si las medidas administrativas conllevan la restricción de la libertad ambulatoria del menor

de edad, deberán ser consultadas al Juez de Ejecución Penal Juvenil, quien también las

controlará.

ARTÍCULO 7.- Principios rectores

Serán principios rectores de la presente ley, la protección integral del menor de edad, su

interés superior, el respeto a sus derechos, su formación integral y la reinserción en su familia y la

sociedad. El Estado, en asocio con las organizaciones no gubernamentales y las comunidades

Explicación:

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