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Se refiere a la libertad de tránsito, facultad que tiene toda persona de entrar y salir, viajar y mudarse de residencia en la República, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto, u otros requisitos semejantes, enfatizando que este ejercicio de derecho subordinado a las facultades de la autoridades judicial en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa.
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