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Respuesta:
si
Explicación:
Bueno la tutela dativa se da cuando no hay tutor testamentario ni persona a quien conforme a la ley corresponda la tutela legítima;
Cuando el tutor testamentario esté impedido temporalmente de ejercer su cargo, y no hay ningún pariente de los designados en el artículo 483, y al no haber tutor legitimo se le da la tutoria a otra persona y esta se encarga de cumplir con la función del tutor legal
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