las funciones del consejo académico

Respuestas

Respuesta dada por: allisongq2
30

Respuesta:

Corresponden al Consejo Académico, como órgano asesor, las siguientes funciones: Conceptuar en relación con el Reglamento Académico y los de Personal Docente y Estudiantil. Resolver las consultas que le formulen. Conceptuar sobre la concesión de comisiones al exterior y comisiones de estudio.

Respuesta dada por: VictoriaBaraOr7
7

Respuesta: mira esos son los que conforman el consejo academico y sus funciones esta de ultimo

Explicación:

El Consejo Académico es la autoridad académica de la Universidad, órgano asesor del Rector y tiene entre sus tareas la de conceptuar ante el Consejo Superior, sobre la creación, modificación o supresión de unidades académicas; así como la de revisar y adoptar los programas docentes de conformidad con las normas legalesALEJANDRO CEBALLOS MÁRQUEZ

Rector

MARCO TULIO JARAMILLO SALAZAR

Vicerrector Académico

MANUEL HUMBERTO JIMÉNEZ RAMÍREZ

Vicerrector Administrativo

PATRICIA SALAZAR VILLEGAS

Vicerrectora de Proyección Universitaria

LUISA FERNANDA GIRALDO ZULUAGA

Vicerrectora de Investigaciones y Posgrados

CLAUDIA JURADO GRISALES

Decana Facultad de Artes y Humanidades

JORGE URIEL CARMONA RAMÍREZ

Decano Facultad de Ciencias Agropecuarias

ELVIRA CRISTINA RUÍZ JIMÉNNEZ

Decana Facultad de Ciencias Exactas y Naturales

MARÍA HELENA MEJÍA SALAZAR

Decana Facultad de Ingeniería

CARLOS ALBERTO AGUDELO AGUDELO

Decano Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales

CLAUDIA PATRICIA JARAMILLO ÁNGEL

Decana Facultad de Ciencias para la Salud

CLAUDIA PATRICIA LEGUIZAMON LONDOÑO

Representante de los Directores de Programa

LUIS FERNANDO VALLEJO ESPINOSA

Representante de los Profesores

RAUL ANCIZAR MUNEVAR

Representante de los Profesores

CRISTIAN ORLANDO CORDOBA RAMÍREZ

Representante de los Estudiantes

JUAN PABLO LOPEZ SIERRA

Representante de los Estudiantes

DAVID RESTREPO GONZALEZ

Representante de los Egresados

JUAN GUILLERMO CORREA GARCÍA

Secretario General – Secretario Consejo Académico

y aqui van las funciones del consejo academico

Son funciones del Consejo Académico, en concordancia con las políticas trazadas por el Consejo Superior universitario, las siguientes:

• Decidir sobre el desarrollo académico de la Institución en lo relativo a docencia, especialmente en cuanto se refiere a programas académicos, a investigación, extensión y bienestar universitario.

• Diseñar las políticas académicas en lo referente al personal docente y estudiantil.

• Considerar el presupuesto preparado por las unidades académicas y recomendarlo al Consejo Superior Universitario.

• Rendir informes periódicos al Consejo Superior Universitario.

• Conceptuar ante el Consejo Superior sobre la creación, modificación o supresión de unidades académicas.

• Definir las políticas y adoptar los programas académicos, de investigación, de extensión y de bienestar que deba desarrollar la Institución y someterlos a la ratificación del Consejo Superior.

• Imponer o solicitar la imposición de sanciones disciplinarias cuando para ello tenga competencia, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley o en los reglamentos.

• Conocer de las apelaciones que se interpongan contra los actos de índole académica o disciplinaria proferidos por los Consejos de Facultad en los casos previstos en la Ley, los estatutos y los reglamentos.

• Fijar el calendario académico de las unidades docentes de la Institución.

• Proponer al Consejo Superior los candidatos a títulos o distinciones honoríficas.

• Adoptar los criterios de admisión a la Universidad Popular del Cesar y señalar los cupos para ingreso de nuevos alumnos.

• Darse su propio reglamento.

• Las demás que le atribuyan la Ley, los estatutos y los reglamentos.

Corresponden al Consejo Académico, como órgano asesor, las siguientes funciones:

• Conceptuar en relación con el Reglamento Académico y los de Personal Docente y Estudiantil.

• Resolver las consultas que le formulen.

• Conceptuar sobre la concesión de comisiones al exterior y comisiones de estudio.

• Conceptuar sobre el plan de capacitación que presente el Rector.

• Las demás que le atribuyan la Ley, los estatutos y los reglamentos.

El Consejo Académico deberá reunirse ordinariamente por lo menos 2 veces al mes y extraordinariamente por convocatoria de quien sea competente para presidirlo.

Para toda sesión del Consejo deberá citarse por escrito a sus miembros.

Preguntas similares