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Respuesta:
La reanudación de las relaciones diplomáticas con el Reino Unido – a partir de las Declaraciones Conjuntas de Madrid de 1989 y 1990 – fue posible gracias a la adopción de una fórmula de salvaguardia de soberanía y jurisdicción sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes. De conformidad con la Declaración Conjunta del 19 de octubre de 1989, dicha fórmula se aplica a todas las reuniones bilaterales sobre aspectos prácticos vinculados a Malvinas, así como a las declaraciones y actos de las partes o de terceros que tengan lugar como consecuencia de lo convenido en las reuniones.
A partir de las Declaraciones Conjuntas de Madrid de 1989 y 1990 con el Reino Unido, se adoptaron diversos entendimientos provisorios sobre cuestiones prácticas relacionadas con el Atlántico Sur, bajo la fórmula de salvaguardia de soberanía, en sucesivas declaraciones conjuntas y canjes de notas. Estos se refieren a medidas de fomento de la confianza mutua en materia militar a efectos de evitar incidentes, conservación de recursos pesqueros, exploración y explotación de hidrocarburos, comunicaciones aéreas y marítimas entre el territorio continental argentino y las islas, acceso de titulares de pasaportes argentinos a las islas, construcción de un monumento a los caídos argentinos en las islas en 1982, intercambio de información sobre la delimitación exterior de la plataforma continental, realización de un estudio de factibilidad sobre desminado en las Islas Malvinas y análisis de su toponimia. Tales entendimientos son de carácter provisional, relativos a la creación de un “modus vivendi” para el área de la controversia y se orientan a generar las condiciones para la reanudación de las negociaciones de soberanía.
Explicación:
Respuesta:
La reanudación de las relaciones diplomáticas con el Reino Unido – a partir de las Declaraciones Conjuntas de Madrid de 1989 y 1990 – fue posible gracias a la adopción de una fórmula de salvaguardia de soberanía y jurisdicción sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes. De conformidad con la Declaración Conjunta del 19 de octubre de 1989, dicha fórmula se aplica a todas las reuniones bilaterales sobre aspectos prácticos vinculados a Malvinas, así como a las declaraciones y actos de las partes o de terceros que tengan lugar como consecuencia de lo convenido en las reuniones.