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Los límites fronterizos de la República Argentina se extienden a lo largo de unos 14.500 km, de los cuales unos 9.400 lindan con los países vecinos de Uruguay, Brasil, Paraguay, Bolivia y Chile, en tanto que los 5.100 restantes lo hacen con el estuario del Río de la Plata y el mar Argentino, que forma parte del océano Atlántico. La delimitación de las fronteras no ha sido tarea fácil y, de hecho, hasta la firma y aprobación del Tratado de los Hielos Continentales —proceso que tuvo lugar entre los meses de diciembre de 1998 y junio de 1999—, ha sido motivo de conflictos, particularmente con Chile, país que reclama, al igual que la Argentina y el Reino Unido, su soberanía sobre un sector de la Antártida, en particular sobre la península Antártica. El siguiente texto se corresponde con un artículo aparecido en enero de 1998 en el Anuario de Encarta y actualizado tras la aprobación definitiva del Tratado de los Hielos Continentales en junio de 1999.
La República Argentina y la República Oriental del Uruguay firmaron en 1973 el Tratado del Río de la Plata, que establece de una manera muy particular las jurisdicciones de soberanía. Con anterioridad, el 7 de abril de 1961, ambos países firmaron un tratado en el que se establecía el límite en el río Uruguay. El mismo corresponde a la línea media del río en el sector comprendido entre la punta suroeste de la isla Brasilera y Ayuí (represa de Salto Grande ) y a la vaguada o canal más profundo desde el último punto hasta el paralelo de la latitud de punta Gorda. Se acordó que las islas Filomena Grande, Filomena Chica, Paloma Chica y Bassi fueran uruguayas por tener poblamiento de esa nacionalidad, a pesar de estar al oeste de la línea más profunda de navegación. También, en 1961, mediante la firma de un protocolo, se fijó el límite exterior del río; el mismo sería la línea recta que une la localidad uruguaya de Punta del Este con punta Rasa, en la punta Norte del cabo San Antonio de la Argentina. Mediante el tratado se establecieron franjas costeras de soberanía exclusiva para cada país, cuyo ancho es de dos millas al oeste de la línea que une Colonia (Uruguay) con Punta Lara (Argentina) y siete millas entre dicha línea y el límite exterior del río; las aguas centrales son de uso común y se fijó el límite en el lecho y subsuelo del río mediante una línea trazada por las coordenadas de 23 puntos que divide las jurisdicciones en función de una explotación futura de recursos. También se especifican medidas para evitar la contaminación y distribuir las zonas de pesca. Además, se establece el "límite lateral marítimo" más allá del límite exterior del río.
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