resumen de la constitución de colombia pagina 103

Respuestas

Respuesta dada por: nadiuskacb
3

Respuesta:

Artículo 103 Toda persona tiene derecho a una educación integral de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones. La educación es obligatoria en todos sus niveles, desde el maternal hasta el nivel medio diversificad

Explicación:

Preguntas similares