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Respuesta:
Los sujetos procesales tendrán
derecho a solicitar copias de los registros de las
actuaciones y diligencias procesales, de los registros de las
audiencias de las providencias judiciales y en general del
expediente, salvo las que tendrán el carácter de reservado,
de las providencias judiciales y en general del expediente.
La copia será siempre electrónica, salvo necesidad
darwincervantesfalco:
gracias gracias , no encontraba he buscado pero nada que encontraba.
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Las personas procesadas tendrán
derecho a solicitar copias de los registros de las
actuaciones y diligencias procesadas, de los registros de las
audiencias de las providencias judiciales y en general del
expediente, exceptuando las que tendrán el carácter de reservado
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