• Asignatura: Derecho
  • Autor: andy41929
  • hace 8 años

Mario Sepúlveda tiene 75 años no tiene cónyuge descendientes ni ascendientes por lo que no tiene legitimarios en este contexto y en pleno uso de sus facultades mentales decide hacer un testamento en favor de su sobrino Nicolás dejándolo como único heredero realizando testamento con todas las solemnidades legales ¿en que clasificación encuadra el acto señalado? ¿el acto jurídico cumple con los requisitos de existencia y validez para ser perfecto?​

Respuestas

Respuesta dada por: JoSinclair
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En el caso de Mario Sepúlveda, quien decide hacer un testamento a favor de su sobrino Nicolás -al no tener cónyuge, descendientes ni ascendientes- dejándolo como único heredero el acto señalado está en la clasificación de legado y constituye un  acto jurídico cumple con los requisitos de existencia y validez para ser perfecto.

¿En qué clasificación encuadra el acto señalado?

En algunos países se considera legado al testamento que se realiza en favor de una persona particular -denominado legatario- en ausencia de herederos directos como padres, cónyuge o hijos.

¿El acto jurídico cumple con los requisitos de existencia y validez para ser perfecto?​

Dado que Mario Sepúlveda, a pesar de sus 75 años, en pleno uso de sus facultades mentales y por voluntad propia decide nombrar como único heredero a su sobrino se puede decir que el acto cumple con los requisitos de existencia y validez para ser perfecto.

Existencia del acto jurídico

Un acto jurídico es posible cuando existen:

  • Voluntad e intención: de proceder a realizar un acto jurídico. En este caso es la realización del testamento.
  • Objeto o contrato de carácter jurídico.: el testamento pasa a ser el objeto del acto.
  • Causa o motivo: determinado por la probabilidad de dejar herencia en caso de muerte-
  • Solemnidades legales: normativa legal referida al acto jurídico, y que debe cumplirse para que el acto mismo pueda existir.

Validez del acto jurídico

Mario, de 75 años, decide dejar un testamento a favor de su sobrino Nicolás en pleno uso de sus facultades. implica que existe una causa justa y libre de coacción para que se tome la decisión de elaborar un documento legal, acorde a las normas establecidas.

  • Voluntad exenta de vicios: se refiere a que no existan circunstancias que afecten la transparencia del proceso legal y la voluntad del causante, como coacción o amenaza.
  • Capacidad: referida al "pleno uso de facultades", y en ausencia de discapacidad mental.
  • Objeto lícito: tiene que ver con un proceso realizado bajo el marco determinado por las leyes.
  • Causa lícita: es aquella apegada a las normas sociales establecidas.
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