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La Ley 1819 de 2016 se encargó de modificar los criterios establecidos en el artículo 499 del ET para pertenecer al régimen simplificado del IVA. Por tal motivo, de acuerdo a lo establecido en la Ley 1314 de 2009 y el anexo 3 del Decreto 2420 de 2015, quienes pretendan clasificarse como microempresas del grupo 3 deberán tener en cuenta las nuevas disposiciones contenidas en el artículo 499.
Espero que te sirva...
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