• Asignatura: Derecho
  • Autor: sil8080
  • hace 8 años

Explicación del artículo 2045 del codigo civil y comercial. Gracias

Respuestas

Respuesta dada por: diegoyantuche
1

Respuesta:

ARTICULO 2045.-Facultades. Cada propietario puede, sin necesidad de consentimiento de los demás, enajenar la unidad funcional que le pertenece, o sobre ella constituir derechos reales o personales. La constitución, transmisión o extinción de un derecho real, gravamen o embargo sobre la unidad funcional, comprende a las cosas y partes comunes y a la unidad complementaria, y no puede realizarse separadamente de éstas.

ESPERO QUE TE SIRVA ; )

Preguntas similares