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En junio del 2009, la Amazonía peruana fue escenario de importantes manifestaciones de protesta de las poblaciones locales, respaldadas entre otros por organizaciones indigenistas, contra la expansión e implantación de multinacionales mineras y el Estado. Luego de los acontecimientos de Bagua, dos de las más importantes organizaciones indigenistas, la Conacami (Confederación Nacional de Comunidades Afectadas por la Minería) y la Aidesep (Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana) decidieron crear una plataforma común de lucha y firmaron junto con otras organizaciones sociales el “pacto nacional de organizaciones andinas, amazónicas y costeñas”, muy marcado por la lucha en defensa de las comunidades campesinas y nativas contra las industrias extractivas. La Conacami y el Aidesep han sido una de las principales instigadoras de la institucionalización y aplicación nacional de la ley de consulta previa, en acuerdo con el convenio 169 de la OIT. Después de prácticamente dos años de debate y de largas tergiversaciones del Congreso de la República y del gobierno de A. García, esta ley fue votada en agosto del 2011 por el legislativo y fue promulgada el 6 de septiembre del mismo año (ley n° 29785) por el actual Presidente Ollanta Humala, quien declaró que esta norma era el primer paso en la construcción de una Nación que respeta todas sus Nacionalidades. Su reglamentación fue encargada al Ministerio de la Cultura y más precisamente al vice-ministerio de la Interculturalidad. Se instaló para ello la Comisión Multisectorial integrada por 14 vice-ministerios y por representantes de 6 organizaciones nacionales : la Confederación Nacional Amazónica del Perú (CONAP), la Confederación Campesina del Perú (CCP), la Conacami, la Organización Nacional de Mujeres Indígenas Andinas y Amazónicas del Perú (ONAMIAP), la Aidesep y la Confederación Nacional Agraria (CNA), encargada de proponer un borrador de la ley. El viceministerio tiene también la tarea de elaborar una base de datos oficiales de los pueblos indígenas y originarios y formular una guía metodológica para conducir a las autoridades al cumplimiento del reglamento.