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Pater familias es una locución latina —traducida literalmente 'paterfamilias'—, que significa el «padre de familia». La forma es irregular y arcaica en latín, preservando la antigua desinencia genitiva de -as.
El pater familias era el ciudadano independiente, homo sui iuris, bajo cuyo control estaban todos los bienes y personas que pertenecían a la familia; la persona física que tenía atribuida la plena capacidad jurídica para obrar según su voluntad y ejercer la patria potestas, la manus, la dominica potestas y el mancipium sobre, respectivamente, el resto de personas alieni iuris que estaban sujetas a la voluntad, sobre la mujer casada, los esclavos y otros hombres.
El concepto anudado a la capacidad jurídica (caput) consistía en la posesión de los tres estados (status) de libertad, de ciudad libre, ciudadano y cada persona física que gozaba de los tres estados civiles, con plena capacidad jurídica y de obrar, libre, ciudadano y jefe de familia.1