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54
El artículo N° 142 tipifica que -colocando en negrita los requisitos-:
"Art. 142.- La Presidenta o Presidente de la República debe ser ecuatorianopor nacimiento, haber cumplido treinta y cinco años de edad a la fecha de
inscripción de su candidatura, estar en goce de los derechos políticos y no
encontrarse incurso en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones
establecidas en la Constitución."
"Art. 142.- La Presidenta o Presidente de la República debe ser ecuatorianopor nacimiento, haber cumplido treinta y cinco años de edad a la fecha de
inscripción de su candidatura, estar en goce de los derechos políticos y no
encontrarse incurso en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones
establecidas en la Constitución."
Respuesta dada por:
15
Requisitos para llegar a ser, presidente de la República de Ecuador, según lo establecido en el articulo 142 de la Constitución o Carta Magna de la República del Ecuador, sancionada en Registro Oficial numero 449 de fecha 20 de Octubre del 2008 y modificada el 13 de Julio del 2011 , el cual se describe a continuación:
- Ser ciudadano ecuatoriano por Nacimiento
- Para el momento de efectuar su inscripción de la candidatura presidencial de la República del Ecuador, debe tener edad de 35 años o mas .
- Debe encontrarse libre de cualquier inhabilitan o restricción administrativa o judicial.
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