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Soberano: Thomas Hobbes suprimió esta dependencia y constituyó al soberano en única forma de poder. De este modo, en su tratado más famoso, Leviatán, publicado en 1651, justifica filosóficamente la existencia del autoritarismo estatal. Si bien habría que precisar que la Ley Natural no es ajena a las teorías de Hobbes. Dice éste que «la Ley de la naturaleza y la ley civil se contienen una a otra, y son de igual extensión Las leyes de naturaleza, que consisten en la equidad, la justicia, la gratitud y otras virtudes morales que dependen de ellas, en la condición de mera naturaleza no son propiamente leyes, sino cualidades que disponen los hombres a la paz y la obediencia». Tras estas reflexiones, concluye Hobbes que «la ley de la naturaleza es una parte de la ley civil en todos los Estados del mundo Cada súbdito en un Estado ha estipulado su obediencia a la ley civil; por tanto, la obediencia a la ley civil es parte, también, de la ley de la naturaleza. La ley civil y ley natural no son especies diferentes, sino parte distintas de la ley; de ellas, una parte es escrita, y se llama civil; la otra no escrita, y se denomina natural»
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