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Respuesta dada por:
1
Asumimos que nos referimos a leyes mexicanas.
Código Penal Federal:
CAPITULO I - Hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro y violación
Artículo 262. .- "Al que tenga cópula con persona mayor de doce años y menor de dieciocho, obteniendo su consentimiento por medio de engaño, se le aplicará de tres meses a cuatro años de prisión."
Código Penal Federal:
CAPITULO I - Hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro y violación
Artículo 262. .- "Al que tenga cópula con persona mayor de doce años y menor de dieciocho, obteniendo su consentimiento por medio de engaño, se le aplicará de tres meses a cuatro años de prisión."
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