¿Qué conocimientos se aplican en la planeación de un fraccionamiento?

Respuestas

Respuesta dada por: vilmarocio08
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ARTÍCULO 1.- La presente Ley tiene por objeto regular la división de terrenos, la construcción de fraccionamientos y unidades habitacionales y establecer las normas que rijan la propiedad en condominio así como el uso y disfrute de inmuebles en tiempo compartido en el Estado de Campeche. ARTÍCULO 2.- Son autoridades competentes para aplicar esta Ley: I. EL Gobernador del Estado; II. El Secretario de Desarrollo Urbano y Obras Públicas de la Entidad; III. Los Ayuntamientos en la parte que les corresponde; y IV. Las demás, tanto Estatales como Municipales, que conforme a esta Ley y otros ordenamientos tengan atribuciones específicas en la materia. ARTÍCULO 3.- El Ejecutivo del Estado, tendrá facultades para planear y ordenar los destinos, usos y reservas del Territorio de la Entidad y el desarrollo Urbano de la misma. ARTÍCULO 4.- Se declaran de orden público e interés social las acciones de planear y constituir fraccionamientos de terrenos, la ordenación de sus usos y destinos, y la construcción y operación de unidades habitacionales. ARTÍCULO 5.- Para la realización de las funciones que esta Ley le confiere, el Ejecutivo del Estado podrá, de una manera enunciativa y no limitativa: I. Determinar los destinos, usos y reservas de tierras y construcciones; II. Ejecutar obras para el desarrollo urbano; III. Celebrar los convenios necesarios para dicho desarrollo, con el Gobierno Federal, otros gobiernos locales, entidades paraestatales y particulares; IV. Dictar y tomar las medidas necesarias para evitar la especulación excesiva de terrenos; V. Participar en la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo Urbano y planes regionales correspondientes, así como en los procesos de conurbación, cuando esto último fuere necesario
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