• Asignatura: Derecho
  • Autor: lilita234567
  • hace 8 años

me podrían decir 6 tipos de leyes, por favor

Respuestas

Respuesta dada por: jhoannagordillp67rd7
1
Sentido material
Sentido formal
declarativas
Prohibitivas
Permisivas
Civiles
penales


jhoannagordillp67rd7: si te sirvio
lilita234567: si, gracias
drujo: fue un gusto alludarte
Respuesta dada por: drujo
1

Comerciales: estas leyes tienen como propósito regular todo tipo de relación existente entre el acto de comercio en sí mismo y quien ejerce el acto, es decir, los denominados comerciantes. Encontramos como ejemplo el artículo 6 del Código de Comercio Argentino que indica: “Los que verifican accidentalmente algún acto de comercio no son considerados comerciantes. Sin embargo, quedan sujetos, en cuanto a las controversias que ocurran sobre dichas operaciones[…].”
Nacionales: este tipo de leyes tienen por característica principal ser únicamente validas dentro del territorio nacional en el cual han sido sancionadas. Como podemos ver en la Ley 25.326, en el artículo 44, donde se enuncia: “Las normas de la presente ley contenidas en los capítulos I, II, III y IV, y artículo 32 son de orden público y de aplicación pertinente en todo el territorio nacional.[…]”; el ámbito de aplicación se encuentra detallado en cada Ley.Provinciales: estas son promulgadas por organismos específicos de cada provincia por lo que solo deberán ser cumplidas y tenidas en cuenta dentro de ella. Este caso es observable en el artículo 7° de la Ley 6.876 de la provincia de Santiago del Estero al establecer que “El estado provincial, a través del Ministerio de Educación, regula, en el ámbito del territorio provincial, los procesos formativos en sus distintas formas organizativas que se presenten en el sistema educativo y que tengan por finalidad lo dispuesto en el Art. 15° de la presente Ley.”
Estrictas: también conocidas como rígidas, son aquellas normas específicas y determinantes que no pueden ser evaluadas según cada caso en particular. Tomaremos como ejemplo de esta clasificación el artículo 27 de la Ley 14.394 donde se establece que “se fijara como día presuntivo de fallecimiento: 1° En el caso del artículo 22, el último día del primer año y medio;[…]”. Es decir, que el juez a cargo del caso no puede cambiar de ninguna forma la fecha de presunto fallecimiento.
Flexibles: en oposición a las rígidas, estas dejan lugar a que el juez pueda tomar en cuenta las particularidades correspondientes a cada situación. Evidencia de este tipo es el artículo 26 de la Ley 11.179 al enunciar: “En los casos de primera condena a pena de prisión que no exceda los tres años, será facultad de los tribunales disponer en el mismo pronunciamiento que se deje en suspenso el cumplimiento de la pena.[…]”.

Por otra parte, tomando como parámetro su finalidad existen múltiples tipos de ley, algunas de ellas son:

Tributarias: que establecerán  los parámetros que regulan la relación entre el estado y los sujetos contribuyentes. Un ejemplo sería el artículo 46 de la Ley 11.683, donde dice: “El que mediante declaraciones engañosas u ocultación maliciosa, sea por acción u omisión, defraudare al Fisco, será reprimido con multa de DOS hasta DIEZ veces el importe del tributo evadido.”
Ambientales: cuyo fin principal será la instauración de normas para la protección del medio ambiente. Como ser por ejemplo la Ley 25.688 que en su artículo 1° describe: “Esta ley establece los presupuestos mínimos ambientales, para la preservación de las aguas, su aprovechamiento y uso racional.”
Laborales: que refieren a toda norma que regule la relación entre empleado y empleador. Un ejemplo es la Ley 20.744, artículo 10, que establece: “En caso de duda las situaciones deben resolverse a favor de la continuidad o subsistencia del contrato.
De discapacidad: que constituirán una serie de disposiciones para proteger los derechos de las personas con capacidades diferentes. Por ejemplo: la Ley 24.901 la cual dispone en su artículo 1°: “instituyese por la presente ley un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción y protección con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos.”
De tránsito: que van a instaurar todos aquellos derechos y obligaciones por las cuales deben regirse los conductores y peatones. Un ejemplo de estas es la Ley 24.449, que en su artículo 32 indica que “Los vehículos que se especifican deben tener las siguientes luces adicionales: a) Los camiones articulados o con acoplado: tres luces en la parte central superior, verdes adelante y rojas atrás; […].”



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