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- el rol del vicepresidente es el de un suplente. Si el presidente no puede ejercer su función o está ausente asume el vice. Mientras tanto, para que en las sesiones de la Cámara de Senadores una provincia no pierda un voto ejerce la presidencia provisional de la Cámara.
Artículo 87.- El Poder Ejecutivo de la Nación será desempeñado por un ciudadano con el título de "Presidente de la Nación Argentina".
Artículo 88.- En caso de enfermedad, ausencia de la Capital, muerte, renuncia o destitución del Presidente, el Poder Ejecutivo será ejercido por el vicepresidente de la Nación. En caso de destitución, muerte, dimisión o inhabilidad del Presidente y vicepresidente de la Nación, el Congreso determinará qué funcionario público ha de desempeñar la Presidencia, hasta que haya cesado la causa de la inhabilidad o un nuevo presidente sea electo.
- al presidente lo acompañan en el ejercicio de su gobierno el Jefe de Gabinete y los ministros. De hecho, el JdeG tiene como rol constitucional "ejercer la administración del país". En ese sentido tiene más funciones que un vicepresidente pero, al mismo tiempo, su estabilidad en el cargo depende de la voluntad del presidente [no del voto del electorado]
Artículo 100.- "El jefe de gabinete de ministros y los demás ministros secretarios cuyo número y competencia será establecida por una ley especial, tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la Nación, y refrendarán y legalizarán los actos del presidente por medio de su firma, sin cuyo requisito carecen de eficacia.
Al jefe de gabinete de ministros, con responsabilidad política ante el Congreso de la Nación, le corresponde:
1. Ejercer la administración general del país"
Artículo 87.- El Poder Ejecutivo de la Nación será desempeñado por un ciudadano con el título de "Presidente de la Nación Argentina".
Artículo 88.- En caso de enfermedad, ausencia de la Capital, muerte, renuncia o destitución del Presidente, el Poder Ejecutivo será ejercido por el vicepresidente de la Nación. En caso de destitución, muerte, dimisión o inhabilidad del Presidente y vicepresidente de la Nación, el Congreso determinará qué funcionario público ha de desempeñar la Presidencia, hasta que haya cesado la causa de la inhabilidad o un nuevo presidente sea electo.
- al presidente lo acompañan en el ejercicio de su gobierno el Jefe de Gabinete y los ministros. De hecho, el JdeG tiene como rol constitucional "ejercer la administración del país". En ese sentido tiene más funciones que un vicepresidente pero, al mismo tiempo, su estabilidad en el cargo depende de la voluntad del presidente [no del voto del electorado]
Artículo 100.- "El jefe de gabinete de ministros y los demás ministros secretarios cuyo número y competencia será establecida por una ley especial, tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la Nación, y refrendarán y legalizarán los actos del presidente por medio de su firma, sin cuyo requisito carecen de eficacia.
Al jefe de gabinete de ministros, con responsabilidad política ante el Congreso de la Nación, le corresponde:
1. Ejercer la administración general del país"
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