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19
El derecho a la vida entendido como derecho al mantenimiento de la integridad
psicofísica y moral, también denominado derecho a la integridad
personal o derecho a la incolumidad, puede ser definido como aquel derecho
humano que, en cuanto concreción y desarrollo del valor vida implica
la exigencia o pretensión, por parte de su titular, de conservar
-frente a cualquier tipo de agresión, ya sea física ya sea
de tipo moral,- la existencia dentro de unos márgenes de viabilidad
y dignidad, tanto en su dimensión física y psíquica,
como también moral.
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