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Artículo I: Derecho a la igualdad. Ejemplo: el racismo.
Artículo II: Prohibición de la discriminación. Ejemplo: Cuando se ignora a alguien en clase.
Artículo III: Derecho a la vida. Ejemplo: Cuando alguien mata a alguien.
Artículo IV: Prohibición de la esclavitud. Cuando alguien obliga a trabajar a otro para él.
Artículo V: Prohibición de la tortura. Malos tratos físicos y psicológicos.
Artículo VI: Derecho al reconocimiento ante la ley como persona.
Artículo VII: Derecho a la igualdad ante la ley. Ante la ley es = un rico que un pobre.
Artículo VIII: Derecho a recursos ante un tribunal competente.
Artículo IX: Restinción del aresto arbitrario y del exilio.
Artículo X: Derecho a una audiencia justa y pública.
Deberes:
Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios;Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas;Respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituídas para matener la independencia y la integridad nacionales;Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica;Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país;Propender al logro y mantenimiento de la paz;Colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia;Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano;Contribuír al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad.
Tender la cama :v
Artículo II: Prohibición de la discriminación. Ejemplo: Cuando se ignora a alguien en clase.
Artículo III: Derecho a la vida. Ejemplo: Cuando alguien mata a alguien.
Artículo IV: Prohibición de la esclavitud. Cuando alguien obliga a trabajar a otro para él.
Artículo V: Prohibición de la tortura. Malos tratos físicos y psicológicos.
Artículo VI: Derecho al reconocimiento ante la ley como persona.
Artículo VII: Derecho a la igualdad ante la ley. Ante la ley es = un rico que un pobre.
Artículo VIII: Derecho a recursos ante un tribunal competente.
Artículo IX: Restinción del aresto arbitrario y del exilio.
Artículo X: Derecho a una audiencia justa y pública.
Deberes:
Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios;Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas;Respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituídas para matener la independencia y la integridad nacionales;Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica;Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país;Propender al logro y mantenimiento de la paz;Colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia;Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano;Contribuír al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad.
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