• Asignatura: Derecho
  • Autor: Mariamari26
  • hace 8 años

AYUDA URGENTE
Juan, Jesús y María deciden constituir una sociedad colectiva, dedicada a la venta al por menor de zapatos. Cuando, con la llegada de la crisis económica, las cosas empiezan a ir mal, la sociedad no puede devolver un crédito bancario que se había solicitado para poner en marcha el negocio. Agotado el patrimonio social, el banco decide reclamar a Juan la devolución del préstamo, pues sabe que es solvente. ¿Puede reclamar de Juan el total de la deuda?

Trieu-ne una:
a. No, porque de las deudas sociales sólo responde la propia sociedad.

b. No, porque los socios responden de forma mancomunada y el banco habría que reclamar el pago a todos los socios.

c. Sí, porque los socios responden de forma solidaria de las deudas sociales.

d. No, porque los socios sólo responden hasta el límite de su aportación al capital social.

Respuestas

Respuesta dada por: dorisgallegos541
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no por que los socios responden de forma mancomunada y el banco habría que reclamar el pagó para los socios la respuesta es la B
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