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El Ministerio del Trabajo de la República del Ecuador emitió
el 26 de diciembre de 2017; el Acuerdo Ministerial enumerado como MDT-2017-091 y
se publicó en el Registro Oficial N° 147.
Este acuerdo les ordena a los empleadores a registrar a los trabajadores en el Sistema Único de Trabajo (SUT) y de no realizarlo se les aplicará una multa de hasta doscientos dólares americanos (US$200), es decir, el acuerdo les otorga a los empleadores un plazo adicional de treinta días, el cual vence el 24 de enero de 2018.
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