Respuestas
*Las partes:son personas naturales A LAS que se refiere la partida o registro. El recién nacido en el registro de nacimientos,los contrayentes en el matrimonio, el occiso o difunto en la partida de difunciòn, son los verdaderos interesados.
*Los declarantes:son personas naturales que dan aviso, parte o comunicación sobre un hecho o acto de la vida del ser humano AL funcionario publico. Son llamados también comparecientes.
Declarantes serán los padres el nacimiento, serán los contrayentes o apoderado de cualquiera de ellos en el matrimonio. En la partida de defunción los declarantes serán los herederos o cualquier otra persona que tenga interés en el registro.
*Los testigos instrumentales:Los testigos instrumentales son las personas naturales que PRESENCIAN la declaración, celebración y otorgamiento del documento de inscripción en la registro. NO SON las personas que han presenciado el nacimiento o la muerte.Respuesta:
PERSONAS QUE INTERVIENEN EN LAS ACTAS
El Juez del Registro Civil.
Las partes, o sea, las personas de cuyo estado se trata.
Los testigos que hace constar la veracidad del hecho o hechos mencionados en el acta.
Los declarantes cuya información es necesaria en algunos actos. La intervención del Juez es indispensable en todo acto del estado civil, pues es la persona dotada por la ley de fe pública y sin su firma lo asentado en el documento respectivo será nulo. En cuanto a las partes, que son las personas de cuyo estado se trata, en ocasiones intervienen por ellas otras personas:
En el acta de nacimiento, por el infante intervienen sus padres o quienes declaren el hecho (del recién nacido se toma sólo su huella digital).
En las actas de defunción, en que la persona cuyo estado se trata ya no existe, intervienen los familiares, el médico o un tercero