• Asignatura: Historia
  • Autor: joselyn2013201p0upje
  • hace 9 años

tendecia politica y requisitos de ser ciudadano en 1843,1845,1851,1852,1861,1869,1878,1884

Respuestas

Respuesta dada por: jhonnjairo2808osztwk
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1830 Constitución:
Art.  12.-Para entrar en el goce de los derechos de ciudadanía, se requiere:
1.-Ser casado, o mayor de veintidós años
2.-Tener una propiedad raíz, valor libre de 300 pesos, o ejercer alguna profesión, o industria útil, sin sujeción a otro, como sirviente doméstico o jornalero.
3.-Saber leer y escribir.

1835 Constitución:
Art. 9.-Son ciudadanos activos del Ecuador, los que reúnan las cualidades siguientes:
1.-Ser casado o mayor de dieciocho años
2.-Tener una propiedad raíz, valor libre de doscientos pesos, o ejercer una profesión o industria útil, sin sujeción a otro, como sirviente, doméstico o jornalero.
3.-Saber leer y escribir.

1843 Constitución:
Art. 9.-Son ciudadanos del Ecuador, los que reúnan las cualidades siguientes:
1.-Ser casados o mayores de dieciocho años;
2.-Tener una propiedad raíz, valor libre de doscientos pesos, o ejercer una profesión o industria útil, sin sujeción a otro, como sirviente, doméstico o jornalero;
3.-Saber leer y escribir.

1845 Constitución:
Art. 9.-Son ciudadanos del Ecuador, los que reúnan las cualidades siguientes:
1.-Ser casado o mayor de veintiún años.
2.-Tener propiedades raíces, valor libre de doscientos pesos o ejercer una profesión científica, o industria útil de algún arte mecánico, o liberal, sin sujeción a otro, como sirviente, doméstico o jornalero.
3.-Saber leer y escribir.

1850 Constitución:
Art. 8.-Son ciudadanos del Ecuador los ecuatorianos que reúnan las cualidades siguientes:
1.-Haber cumplido diez y ocho años siendo casados, o veintiuno siendo solteros;
2.- Tener una propiedad raíz, valor libre de doscientos pesos, o ejercer una profesión o industria útil, sin sujeción a otro, como sirviente en calidad de doméstico o jornalero;
3.-Saber leer y escribir.

1852 Constitución:
Art. 9.-Son ciudadanos del Ecuador los que reúnan las cualidades siguientes:
1.-Ser casado o mayor de veintiún años;
2.- Tener propiedades raíces, valor libre de doscientos pesos, o ejercer una profesión científica o industria útil de algún arte mecánico o liberal, sin sujeción a otro, como sirviente doméstico o jornalero;
3.-Saber leer y escribir.

1861 Constitución 
Art. 8-Para ser ciudadano se requiere ser casado o mayor de veintiún años y saber leer y escribir.

1869 Constitución 
Art. 10-Para ser ciudadano se requiere:
1.-Ser católico;
2.-Saber leer y escribir
3.-Ser casado o mayor de veintiún años.

1878 Constitución 
Art. 12-Para ser ciudadano se requiere ser casado o mayor de veintiún años, y saber leer y escribir.

1883 Constitución 
Art. 9-Son ciudadanos los ecuatorianos varones, que sepan leer y escribir, y hayan cumplido veintiún años, o sean o hubieren sido casados.

1897 Constitución 
Art. 8-Para ser ciudadano, se requiere la edad de dieciocho años, y saber leer y escribir.

1906 Constitución 
Art. 13-Para ser ciudadano se requiere tener veintiún años de edad y saber leer y escribir.

1929 Constitución
Art. 13-Es ciudadano todo ecuatoriano, hombre o mujer, mayor de veintiún años, que sepa leer y escribir.

1945 Constitución 
Art. 15-Todo ecuatoriano, hombre o mujer, mayor de dieciocho años, que sepa leer y escribir, es ciudadano.

1946 Constitución 
Art. 17-Todo ecuatoriano, hombre o mujer, mayor de dieciocho años, que sepa leer y escribir, es ciudadano, y, en consecuencia, por regla general, puede elegir y ser elegido o nombrado funcionario público.

1967 Constitución 
Art. 21-Son ciudadanos ecuatorianos los mayores de dieciocho años que saben leer y escribir y están, por tanto, en aptitud de ejercer los derechos que establece la presente Constitución.

1979 Constitución 
Art. 6.- Los ecuatorianos lo son por nacimiento o por naturalización. Todos los ecuatorianos son ciudadanos y, como tales, gozan de los derechos establecidos en esta Constitución, que se ejercerán en los casos y con los requisitos que determine la ley.

1998 Constitución 
Art. 6.- Los ecuatorianos lo son por nacimiento o por naturalización. Todos los ecuatorianos son ciudadanos y, como tales, gozan de los derechos establecidos en esta constitución, que se ejercerán en los casos y con los requisitos que determine la ley

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