• Asignatura: Derecho
  • Autor: victoriatovara6642
  • hace 8 años

Normas y orientaciones para el desarrollo del año escolar 2018 en la educación básica !

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Respuesta dada por: JoSinclair
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La educación es uno de los aspectos claves e importantes en el desarrollo de cada individuo, y es un elemento importante que debe ser acompañado por las políticas de estado de cada país que la garanticen, estableciendo las directivas y normas con base jurídica necesarias para su adecuado cumplimiento.


En el caso del gobierno peruano, en el mes de Noviembre del año 2017, y con base a las leyes en materia de educación vigente, se establecieron las normas y orientaciones que rigen el sistema educativo para el año 2018.


Es potestad del Ministerio de Educación establecer las normativas en materia pedagógica, así como dirigir, regular y realizar las evaluaciones del proceso educativo, y establecer la debida concordancia entre políticas educativas, culturales, recreativas y deportivas, como elementos relacionados y necesarios en todo proceso educativo, abarcando todo el territorio nacional y estableciendo la igualdad en el acceso a un sistema de educación básica. Y en base a las evaluaciones anteriores, fijar los correctivos necesarios para orientar a los docentes en el desarrollo del proceso educativo en 2018, de tal manera de optimizarlo y garantizar la calidad de la educación elemental.


En el mismo año de 2017, las normas y orientaciones rectoras de los programas de educación básica fueron aprobadas y publicadas para su conocimiento, involucrando a todas las instituciones y centros educativos responsables de la educación básica.


Es responsabilidad de cada institución educativa, incluyendo personal directivo, administrativo y docente vigilar y garantizar la adecuada disposición de los recursos humanos y materiales necesarios para el normal desarrollo de la educación, así como de los programas educativos planteados en sus metas. Igualmente se hace necesario realizar reportes periódicos de gestión educativa.


El equipo que trabaja en función de la educación debe ser multidisciplinario, colaborando de forma cohesionado para alcanzar los objetivos del programa de educación, involucrando al mismo estudiante y su familia, como parte de una sola comunidad educativa.


Como parte de la normatización y orientación se establecen un cronograma de actividades pedagógicas y de evaluación, que inician con el año escolar y culminan a la par de este, estableciéndose los periodos de descanso, y el reinicio de actividades posterior a este. Asimismo deben ser planteadas y prevenidas las situaciones que pudieran alterar el normal desenvolvimiento de las actividades programadas. En resumen, con respecto a la planificación de actividades por fechas tenemos que se debe tener en cuenta:


1. Realización y publicación del calendario escolar


2. Supervisión del cumplimiento del calendario.


3. Supervision de la asistencia estudiantil


4. Supervisión de la asistencia de los docentes y relaconados.


5. Previsión de cualquier circunstancia que altere la planificación del calendario escolar.


En cuanto a lo relacionado con el proceso educativo, y su supervisión se plantea:


1. Planeamiento de las actividades curriculares, con la participación del equipo multidisciplinario.


2. Supervisión de las actividades curriculares


3. Supervisión del comportamiento y rendimiento estudiantil, estableciendo fortalezas y debilidades a ser corregidas o prevenidas.


4. Cada proceso de aprendizaje ha de ser supervisado.


5. Promover el desempeño del equipo docente de manera adecuada.


6. Se establece como necesidad en la educación la planificación de actividades fuera de la jornada escolar.


7. Previsión de la atención y educación personalizada dirigida a estudiantes con necesidades especiales.


8. El desarrollo de actividades innovadoras y actualizadas adaptadas al proceso pedagógico.


Sería extenso mencionar todas y cada una de las normativas vigentes, sin embargo es importante tomar en cuenta  que se mantendrá la aplicación del Diseño Curricular Nacional 2009, con su respectiva modificación en el año 2015, pero tomando en consideración la base legal relacionada y las modificaciones que se plantean en los decretos supremos correspondientes:


Ley N.°28044, Ley General de Educación


Ley N.° 26549, Ley de los Centros Educativos Privados


Ley N.° 28628, Ley que regula la participación de las asociaciones de padres de familia


Ley N.° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad


Ley N.° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas


Ley N.° 29944, Ley de Reforma Magisterial


Ley N.° 29988, Ley que establece medidas extraordinarias para el personal docente y administrativo de instituciones educativas


Ley N.° 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú.

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