Qué opinión tiene usted sobre este pago que deben realizar por anticipado las personas naturales y jurídicas? considera que es justo este pago? .
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Respuesta dada por:
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Las personas Naturales y las Jurídicas no deben realizar ningún pago por anticipado para cancelar ni facturas, ni servicios ni mucho menos las obligaciones de impuestos de ningún tipo.
Cada pago a realizar debe tener un soporte contable en los cuales refleja el monto sin los impuestos, la alícuota del impuesto y su valor y la suma total de todos los cobros.
De esta manera la administración de las empresas y las personas naturales generan los pagos y asientan en los libros contables para mantener el control y cumplir con las leyes mercantiles y de comercio de cada estado.
Todo pago que sea obligatorio o necesario es justo siempre y cuando sea registrado por la contabilidad del pagador.
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