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Se entiende por pago de utilidades a un trabajador como la participación que este tiene de los beneficios anuales de una empresa, pagaderos al final de cada año fiscal. En Venezuela este termino suele confundirse con el de "aguinaldo",que es un monto similar en cálculo al de utilidad laboral, pero que aplica a los trabajadores públicos de la nación.
Para el 2017 el gobierno estableció como pago de aguinaldos el equivalente a 120 dias de salario integral, adhiriendose muchas empresas privadas a este esquema, con excepción de los pagos contemplados en las contrataciones colectivas de trabajadores del sector privado.
Ahora bien, se entiende por salario integral de un trabajador, a la suma de todas aquellas remuneraciones percibidas durante el año fiscal, que incluyen: salario básico, pago por concepto de dias feriados y horarionocturno, pago de dias de descanso, primas y remuneraciones especiales, horas extras y bono vacacional. No entra en este cálculo lo correspondiente al bono de alimentación.
Este monto, por lo general se puede promediar para sacar la media del ingreso neto mensual, o bien se realiza la sumatoria de todos los salarios integrales devengados en el año, que, divididos entre 365 dias, nos proporciona el ingreso o salario neto diario; la ganacia integral diaria se multiplica por el número de dias establecidos en el pago de bonificación de fin de año, y se obtiene el monto de los aguinaldos, o utilidades.
Su fórmula de cálculo sería algo así:
(Salario integral / 365 dias) x N° de dias de utilidad (o aguinaldo) legal.
Esto aplica a la gran mayoría de los trabajadores públicos o privados del país. Sin embago, algunas empresas destianan un porcentaje (dentro del marco de la ley orgánica del trabajo) de sus ganancias anuales, para ser repartido como utilidad contractual a cada uno de sus trabajadores, pero actualmente no se cumple de esta manera.
Para el 2017 el gobierno estableció como pago de aguinaldos el equivalente a 120 dias de salario integral, adhiriendose muchas empresas privadas a este esquema, con excepción de los pagos contemplados en las contrataciones colectivas de trabajadores del sector privado.
Ahora bien, se entiende por salario integral de un trabajador, a la suma de todas aquellas remuneraciones percibidas durante el año fiscal, que incluyen: salario básico, pago por concepto de dias feriados y horarionocturno, pago de dias de descanso, primas y remuneraciones especiales, horas extras y bono vacacional. No entra en este cálculo lo correspondiente al bono de alimentación.
Este monto, por lo general se puede promediar para sacar la media del ingreso neto mensual, o bien se realiza la sumatoria de todos los salarios integrales devengados en el año, que, divididos entre 365 dias, nos proporciona el ingreso o salario neto diario; la ganacia integral diaria se multiplica por el número de dias establecidos en el pago de bonificación de fin de año, y se obtiene el monto de los aguinaldos, o utilidades.
Su fórmula de cálculo sería algo así:
(Salario integral / 365 dias) x N° de dias de utilidad (o aguinaldo) legal.
Esto aplica a la gran mayoría de los trabajadores públicos o privados del país. Sin embago, algunas empresas destianan un porcentaje (dentro del marco de la ley orgánica del trabajo) de sus ganancias anuales, para ser repartido como utilidad contractual a cada uno de sus trabajadores, pero actualmente no se cumple de esta manera.
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