que hay que tomar el cuenta al la hora que hay que pisar la bandera dominicana

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Respuesta dada por: zaragozaantonip04391
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El uso de la bandera dominicana está regulado en la Ley 360 de 1943. Esta ley establece que la parte frontal de la bandera es aquella en la que el cuarto azul queda al extremo superior  izquierdo, con respecto al observador.

La bandera nunca debe  tocar el suelo o ser arrastrada.

Según la Constitución Dominicana, deberá exhibirse los días laborables  en el tope de las astas de los edificios públicos y dependencias oficiales del Estado, desde la salida hasta la puesta del sol. A pesar de esta última norma,  la tradición ha impuesto su enhestadura a las 8:00 de la mañana, y el arriado a las 6:00 de la tarde.

La bandera  debe estar limpia, sin arrugas ni rasgados.

Todos los dominicanos son sujetos del deber de colocar la bandera, de manera adecuada, en el frente de sus viviendas durante los feriados patrios como el Día de la Independencia Nacional, 27 de Febrero y Día la Restauración, el 16 de agosto.

Otras fechas propicias para exhibirla son el natalicio de los Padres de la Patria Juan Pablo Duarte, Matías Ramón Mella Y Francisco del Rosario Sánchez, así como en la efeméride de las grandes batallas que fueron libradas en pro de la soberanía nacional.

Cuando la bandera se ice junto a otra, debe quedar siempre a la derecha (izquierda del observador mirándola de frente).

Cuando la bandera sea colocada verticalmente sobre una pared, deberá colgarse de modo que el cuarto superior azul que está unido al borde derecho de la driza, quede a la izquierda del observador.


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