)Completar las siguientes líneas punteadas:
1. Recibimos en parte de pago un cheque con fecha 02 de mayo de 20... ¿Hasta qué día tenemos tiempo para cobrarlo?
2. Cuando no se indica el nombre del beneficiario se trata de un cheque ............... ¿Por qué?
3. Orden conjunta es cuando se necesita la firma de ………………., para ……………………..
4. El cheque es “a la orden”, cuando se indica .............
5. Las señoras A, B y C son integrantes de la cooperadora del colegio y abrieron una caja de ahorro bancaria para depositar los fondos de la cooperadora. Para retirar dinero de esta caja de ahorro se necesitan las firmas de las tres. ¿Qué tipo de cuenta abrieron ? .......................
6. El Sr. “A” le cobra $ 350 a su cliente “B” por servicios de flete
a- ¿Qué documento se debe confeccionar?..............................¿PORQUE?
b- ¿Quién lo confecciona?................................
c- ¿B tiene el documento original o el duplicado?.................
7. Un cliente recibe un documento comercial en el que se le indica que debe $ 300 por un atraso en el pago
a- ¿Qué documento recibió?
b- ¿Por qué otros motivos podría recibir ese tipo de documento? ............ . .
8. El Sr. A transforma una deuda de palabra en una promesa de pago a favor del Sr. B
a- ¿Qué documento confecciona?...................................................
b- ¿Quién paga?..........................................
c- ¿Quién cobra? …………………………………
Respuestas
El Libro Caja y Bancos es un libro en el que se debe registrar mensualmente toda la información, proveniente del movimiento del efectivo y del equivalente de efectivo. Este libro puede ser llevado:
a) De manera manual
b) Utilizando hojas sueltas.
En este último caso, es importante recordar que el empaste de dichas hojas debe efectuarse hasta por un ejercicio gravable, dentro de los cuatro primeros meses del ejercicio gravable siguiente al que correspondan las operaciones.
2. OBLIGADOS A LLEVAR EL LIBRO MAYOR
Únicamente están obligados a llevar el Libro Caja y Bancos, los sujetos del Régimen General del Impuesto a la Renta, que estén obligados a llevar contabilidad completa.
OBLIGACIÓN DE LLEVAR LIBROS Y REGISTROS CONTABLES RENTAS DE TERCERA CATEGORÍA RÉGIMEN GENERAL Los perceptores de rentas de tercera categoría cuyos ingresos brutos anuales no superen las 150 UIT. Deberán llevar como mínimo: • Registro de Compras. • Registro de Ventas. • Libro Diario de Formato Simplificado. Los demás perceptores de rentas de tercera categoría (1) Deberán llevar Contabilidad Completa RÉGIMEN ESPECIAL Personas Naturales, Sociedades Conyugales, Sucesiones Indivisas y Personas Jurídicas • Registro de Ventas e Ingresos. • Registro de Compras. NUEVO RUS Personas Naturales y Sucesiones Indivisas, así como personas naturales no profesionales No están obligados a llevar libros y registros contables.
(1) Sujetos Obligados a llevar el Libro Caja y Bancos.
Así se desprende de lo señalado en el artículo 65º de la Ley del Impuesto a la Renta, así como del artículo 12º de la Resolución de Superintendencia Nº 234-2006/SUNAT.
Excepción a su Llevado
En caso el deudor tributario lleve sus libros o registros utilizando hojas sueltas o continuas, se encontrará exceptuado de llevar el Libro Caja y Bancos, siempre que su información se encuentre contenida en el Libro Mayor.
3. FORMALIDADES
a) Datos de Cabecera
El Libro Caja y Bancos debe contar con los siguientes datos de cabecera:
• Denominación del libro o registro.
• Período y/o ejercicio al que corresponde la información registrada.
• Número de RUC del deudor tributario, Apellidos y Nombres, Denominación y/o Razón Social de éste.
No obstante lo anterior, si el citado libro es llevado en forma manual, bastará con incluir estos datos en el primer folio de cada período o ejercicio.
b) Registro de las Operaciones
Al efectuar el registro de las operaciones en el Libro Caja y Bancos, el sujeto obligado deberá efectuar dicha anotación: