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Es cualquier activo que sea dinero en efectivo, un instrumento de patrimonio de otra empresa, o suponga un derecho a recibir efectivo u otro activo financiero; o a intercambiar activos y pasivos financieros con terceros en condiciones favorables.
Y también, todo contrato que pueda ser liquidado con los instrumentos de patrimonio propios de la empresa, siempre que:
En este apartado se clasificarán los siguientes activos financieros, salvo que sea aplicable lo dispuesto en los apartados
9.2.3 Activos financieros mantenidos para negociar y
9.2.4 Otros activos financieros a valor razonable con cambios en las cuentas de pérdidas y ganancias:Créditos por operaciones comerciales.Concepto: Son los activos financieros que se generan por la venta de bienes y prestación de servicios por operaciones de tráfico de la empresa.Créditos por operaciones no comerciales.Concepto: Son los activos financieros que, no son instrumentos de patrimonio ni derivados, no tienen origen comercial y el importe de sus cobros es determinable, además no se negocian en un mercado activo.No se incluyen los activos financieros en los que el beneficiario del crédito no pueda recuperar toda la inversión inicial, debido a circunstancias que no tienen nada que ver a que se deteriore el crédito.
Formas de valorar a estos activos financieros al inicio
Se valorarán por su valor razonable, salvo que resulte más evidente de otra forma, que será el precio de la transacción (valor de la contra prestación más los costes de transacción directos que se le atribuyan).Se valorarán por el valor de su importe cuando el efecto que se produzca al no actualizar la corriente de efectivo no sea significativo, (los créditos por operaciones comerciales con vencimiento no superior a un año y que no tengan un tipo de interés contractual, así como los anticipos y créditos al personal, los dividendos a cobrar y los desembolsoexigidos sobre instrumentos de patrimonio), cuyo importe se espera recibir en corto plazo.Valoración posterior Estos activos financieros se valorarán por su coste amortizado.Los intereses se contabilizarán en la cuenta de pérdidas y ganancias, aplicando el método del tipo de interés efectivo.Las aportaciones por participaciones (acciones, rentas variables...), se valorarán por el precio de venta y transacción, menos el importe acumulado si se hubiese producido algún deterioro en el activo financiero.Los créditos con vencimiento inferior a un año que inicialmente se valoren por el valor de su importe, continuarán valorándose de igual forma, salvo que se produzca deterioro.
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