Que personas podrán realizar actividades comerciales sin necesidad de obtener registros o licencias comerciales en general o en Panamá? Por favor es para un trabajo y es la única que me falta

Respuestas

Respuesta dada por: emelin5
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Las personas naturales y las personas jurídicas que realicen actos de comercio.

No requieren licencia comercial las naturales o jurídicas que se dediquen exclusivamente a:

1. Las actividades del agro, tales como agricultura, ganadería, apicultura, avicultura, acuicultura o agroforestería.

2. La elaboración y venta de artesanías y otras industrias nacionales o caseras, siempre y cuando se utilice el trabajo asalariado de terceros, hasta cinco (5) trabajadores.

3. El ejercicio de actividades sin fines de lucro u otras que por disposiciones de leyes especiales no requieran licencia.

El ejercicio de actividades industriales requiere de un Registro o Licencia industrial, en lugar de la comercial.

¿Cuál es la diferencia entre la Licencia y el Registro?
Cuando la inversión (es decir, el capital del negocio) que se realiza es inferior a B/.10,000.00 se debe solicitar un Registro.

Cuando la inversión es superior a B/.10,000.00 se debe solicitar una Licencia.

¿Dónde se tramita la Licencia y el Registro?
En el Departamento de Licencias del Ministerio de Comercio e Industrias, ubicado en el Edifio Plaza Edison, Vía Ricardo J. Alfaro.

¿Cuál es el costo de la Licencia y del Registro?
El Registro cuesta B/.10.00 tanto para personas naturales como para personas jurídicas.

La Licencia cuesta B/.25.00 para personas naturales y B/.50.00 para personas jurídicas.

¿Qué clases de Licencias y Registros existen?

Las Licencias y Registros pueden ser:

- de tipo "A"

- de tipo "B"

- Industrial

Las licencias y registros de tipo "A" son necesarias para ejercer el comercio al por mayor. Se consideran actividades de comercio al por mayor: la prestación de servicios (salvo las excepciones hechas por la ley), las ventas al Estado y todas aquellas actividades comerciales que no sean expresamente calificadas por la ley como comercio al por menor.

Las licencias y registros de tipo "B" sirven para ejercer el comercio al por mayor y al por menor. Esta es la licencia o registro que necesitan aquellas personas (naturales o jurídicas) que se dediquen a la venta de bienes al consumidor. Sólo pueden obtener la licencia o registro comercial los nacionales panameños, ya que la Constitución prohibe a los extranjeros ejercer el comercio al por menor.

La licencia industrial es necesaria para realizar actividades extractivas o manufactureras, así como las ventas al por mayor al Estado de los productos extraídos o manufacturados por ellas. También necesitan esta licencia las empresas constructoras que utilicen el trabajo asalariado de terceros y las industrias manuales, caseras o de artesanías que utilicen más de cinco (5) trabajadores.

 

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