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fundamentos:
El juicio politico no es un proceso penal,en el supuesto qu se este juzgando la comisión de delitos .Es un instituto que funciona como antejuicio que,en caso de condena, habilita la istancia penal contra los funcionarios y magistradores que gozan de inmunidad penal.
Los medios para hacer efectiva la responsabilidad politica -fundada en el principio de control reciproco de actos de poderes del gobierno- varían según la forma de gobierno que se trate .
En el parlamentarismo , la remoción de funcionarios , se materializa con la moción de censura. Esta figura consiste basicamente en la opinión de la mayoria dek parlamento que quita su respaldo al gabinete o a algún ministro, obligándolo a este o a estos a presentar su dimensión , salvo que el jefe de estado disuelva el parlamento y llame a ellecciones.
En nuestro sistema de presidencialista, existe el instituto denominado "juicio politico" regulado por los articulos 53,59 y 60 de la constitución nacional , aunque según el art.
100. puede proceder la moción de censura contra el jefe de gabinete.
El juicio politico no es un proceso penal,en el supuesto qu se este juzgando la comisión de delitos .Es un instituto que funciona como antejuicio que,en caso de condena, habilita la istancia penal contra los funcionarios y magistradores que gozan de inmunidad penal.
Los medios para hacer efectiva la responsabilidad politica -fundada en el principio de control reciproco de actos de poderes del gobierno- varían según la forma de gobierno que se trate .
En el parlamentarismo , la remoción de funcionarios , se materializa con la moción de censura. Esta figura consiste basicamente en la opinión de la mayoria dek parlamento que quita su respaldo al gabinete o a algún ministro, obligándolo a este o a estos a presentar su dimensión , salvo que el jefe de estado disuelva el parlamento y llame a ellecciones.
En nuestro sistema de presidencialista, existe el instituto denominado "juicio politico" regulado por los articulos 53,59 y 60 de la constitución nacional , aunque según el art.
100. puede proceder la moción de censura contra el jefe de gabinete.
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