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ORDENAMIENTO VIGENTE, Publicado en la Gaceta Oficial del distrito Federal el 22 de mayo de 1998. Al margen un escudo que dice Ciudad de México. XVII.- Turista: Persona que durante su tiempo libre utiliza alguno de los servicios turísticos a que se refiere esta Ley o disfruta del patrimonio turístico.
espero que te sirva
espero que te sirva
caballeroangel3:
GRACIAS !!!
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