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¡Hola!
Las conductas punibles querellables, consisten en los delitos que ameritan una querella, queja o denuncia por parte de la víctima para que las autoridades puedan proceder o ejercer la acción penal, ya que se considera que cuyos delitos son de menor gravedad que afectan individualmente por tanto es por parte de la víctima mediante su querella por quien se inicia la acción penal a diferencia de los delito de oficio en razón de que los mismo no ameritan una denuncia para que haya una actuación por parte de las autoridades sino que estas están facultadas mediante ley para ejercer la acción penal.
Espero haberte ayudado, saludos.
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