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(1) La Mar restableció el tributo de los indios para sufragar los gastos que significaban el pago a la burocracia estatal.
(2) Se promulgó la Constitución de 1828 que restringió el derecho a la ciudadanía, negándoselo a la mayoría de personas, ya que sólo aquellas que sabían leer y escribir y ganaban en sueldo superior a 800 libras mensuales podían considerarse ciudadanos.
(3) Nombramiento de autoridades por elección.
(4) Definición de las cárceles como lugares de seguridad.
(5) Tolerancia para el comercio de esclavos.
(6) Exclusividad de las candidaturas a diputados y senadores para los que tuvieran alguna propiedad o alguna renta entre 500 y 100 pesos anuales.
(2) Se promulgó la Constitución de 1828 que restringió el derecho a la ciudadanía, negándoselo a la mayoría de personas, ya que sólo aquellas que sabían leer y escribir y ganaban en sueldo superior a 800 libras mensuales podían considerarse ciudadanos.
(3) Nombramiento de autoridades por elección.
(4) Definición de las cárceles como lugares de seguridad.
(5) Tolerancia para el comercio de esclavos.
(6) Exclusividad de las candidaturas a diputados y senadores para los que tuvieran alguna propiedad o alguna renta entre 500 y 100 pesos anuales.
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(1) La Mar restableció el tributo de los indios para sufragar los gastos que significaban el pago a la burocracia estatal.
(2) Se promulgó la Constitución de 1828 que restringió el derecho a la ciudadanía, negándoselo a la mayoría de personas, ya que sólo aquellas que sabían leer y escribir y ganaban en sueldo superior a 800 libras mensuales podían considerarse ciudadanos.
(3) Nombramiento de autoridades por elección.
(4) Definición de las cárceles como lugares de seguridad.
(5) Tolerancia para el comercio de esclavos.
(6) Exclusividad de las candidaturas a diputados y senadores para los que tuvieran alguna propiedad o alguna renta entre 500 y 100 pesos anuales.
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