Respuestas
Tienen derecho a voto todos los ciudadanos y ciudadanas argentinos nativos, por opción o
naturalizados.
Ello incluye a los mayores de 18 años de edad que no posean ninguna inhabilitación de las
establecidas por el Código Nacional Electoral.
Que el voto sea individual quiere decir que ninguna persona ni autoridad, corporación, partido o agrupación política puede obligar al elector a que vote en grupos o con otras personas.
El elector debe ingresar solo al cuarto oscuro. No debe permitir que nadie ingrese con él.
En caso de electores con necesidades especiales, deberá ser acompañado sólo y exclusivamente por la autoridad de mesa.
El voto es secreto. Todo elector está en su derecho de reservar para sí la información acerca de su elección en el cuarto oscuro.
El secreto del voto es obligatorio. Ningún elector puede acercarse a su mesa de votación exhibiendo alguna boleta o formulando cualquier manifestación que conlleve la violación del secreto mencionado.
El voto es obligatorio. Todo elector tiene deber de votar en la elección nacional que se realice en su distrito.