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Artículo 1°.- Objeto y ámbito de aplicación
La presente ley tiene por objeto establecer los lineamientos generales de la
educación y del Sistema Educativo Peruano, las atribuciones y obligaciones del
Estado y los derechos y responsabilidades de las personas y la sociedad en su
función educadora. Rige todas las actividades educativas realizadas dentro del
territorio nacional, desarrolladas por personas naturales o jurídicas, públicas o
privadas, nacionales o extranjeras.
Artículo 2º.- Concepto de la educación
La educación es un proceso de aprendizaje y enseñanza que se desarrolla a lo
largo de toda la vida y que contribuye a la formación integral de las personas, al
pleno desarrollo de sus potencialidades, a la creación de cultura, y al desarrollo
de la familia y de la comunidad nacional, latinoamericana y mundial. Se
desarrolla en instituciones educativas y en diferentes ámbitos de la sociedad
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