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Respuesta dada por:
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El art.31 de la Constitución Argentina dice que :La constitución,las leyes que se dicten por el Congreso y los TRATADOS CON POTENCIAS EXTRANJERAS son ley Suprema de la Nación.
Esto significa que ninguna ley o Constitución provincial puede dictaminar algo contra lo acordado en el Tratado.
Dicho de otro modo Los tratados internacionales tienen rango constitucional.
Esto significa que ninguna ley o Constitución provincial puede dictaminar algo contra lo acordado en el Tratado.
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