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Artículo 333: Esta Constitución no perderá su vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro medio distinto al previsto en ella. En tal eventualidad, todo ciudadano investido o ciudadana investida o no de autoridad, tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia.
Respuesta dada por:
0
333 de la Constitución Nacional para desconocer no solo al gobierno de Nicolás Maduro, sino la convocatoria fraudulenta de una Asamblea Nacional Constituyente.
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