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El enunciado es muy general, no nos especificas el asunto, el procedimiento dependerá de:
1-El país en cuestión y lo que tipifique la constitución
2-El asunto en cuestión
3-La existencia de otras leyes respecto al tema
EJEMPLO: La defensa de una persona ante un tribunal en Venezuela
Según la constitución de este país, capítulo 1, artículo N° 27, tipifica que (subrayamos en negrita el procedimiento):
Toda persona tiene derecho a ser amparada por los tribunales en el goce y ejercicio de los derechos y garantías constitucionales, aun de aquellos inherentes a la persona que no figuren expresamente en esta Constitución o en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos.
El procedimiento de la acción de amparo constitucional será oral, público, breve, gratuito y no sujeto a formalidad; y la autoridad judicial competente tendrá potestad para restablecer inmediatamente la situación jurídica infringida o la situación que más se asemeje a ella.
1-El país en cuestión y lo que tipifique la constitución
2-El asunto en cuestión
3-La existencia de otras leyes respecto al tema
EJEMPLO: La defensa de una persona ante un tribunal en Venezuela
Según la constitución de este país, capítulo 1, artículo N° 27, tipifica que (subrayamos en negrita el procedimiento):
Toda persona tiene derecho a ser amparada por los tribunales en el goce y ejercicio de los derechos y garantías constitucionales, aun de aquellos inherentes a la persona que no figuren expresamente en esta Constitución o en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos.
El procedimiento de la acción de amparo constitucional será oral, público, breve, gratuito y no sujeto a formalidad; y la autoridad judicial competente tendrá potestad para restablecer inmediatamente la situación jurídica infringida o la situación que más se asemeje a ella.
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