Respuestas
En la década de 1840, algunas propiedades del Estado habían sido dadas en calidad de " propiedad privada" par el cultivo del café.
Nuevamente el Sr. Eduardo Colindres señala que a partir de 1958, el criterio para que una tierra comunal fuese otorgada era que fuese cultivada en sus 2/3 partes de café; en caso contrario, regresaba al Estado. Las municipalidades debían dar árboles de café a sus ciudadanos para que los cultivases. Un decreto de 1846 daba un tratamiento especial a quien cultivase café otro " fruto de mayor esperanza" , así, aquel que tuviese 5000 árboles de cafeto, no pagaba impuestos municipales durante 10 años, ni impuesto de exportación durante los 7 primeros años y sus trabajadores se encontraban exentos delservicio militar.
El General Gerardo Barrios transfirió haciendas públicas para el cultivo del café, en 1859[3]. Para tal fin, dictó una serie de medidas como: declarar como propiedad privada los terrrenos baldíos que durante cinco años fueran cultivados de café, devolver a los contribuyentes cincuenta centavos por quintal (de lo que había sido cobrado sobre las exportaciones de café y hierro). Para tener derecho a esa devolución sobre el hierro, tenía que ocuparse éste en la fabricación de carretas. Todo esto provocó la avaricia por las tierras ejidales y comunales en 1864, tanto de europeos como de norteamericanos. Estos últimos se ubicaron en el municipio de Zaragoza, al sur de San Salvador, donde " se ofrecían sitios regalados a todas aquellas personas honorables y trabajadoras interesadas en cultivas azúcar o café" .